Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sobre la Inspección Técnica de Editicios (ITE)
Publicada el 03/03/14

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dicta sentencia desestimando el recurso de apelación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos que buscaba anular una resolución administrativa del Concello de Vigo sobre la Inspección Técnica de Editicios (ITE), ,

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha desestimado un recurso de apelación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos que buscaba anular una resolución administrativa del Concello de Vigo sobre la Inspección Técnica de Edificios (ITE). En dicha resolución Vigo consideraba que los técnicos capacitados para realizar estas inspecciones en edificios de viviendas son los Arquitectos y Arquitectos Técnicos, y no los Ingenieros de Caminos.

Contra esta sentencia, que desestima el recurso contra una sentencia anterior en el mismo sentido, no cabe ya recurso ordinario alguno, y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos tendrá que pagar las costas.

La sentencia contiene algunos argumentos destacables. Cita jurisprudencia para afirmar que "cuando la naturaleza de la obra exige la intervención exclusiva de un determinado técnico, como sucede en el caso de construcción de una vivienda urbana, la competencia aparece indubitada y reconocida al Arquitecto y, en su caso, al Arquitecto técnico", para añadir después que "Ante ello no cabe invocar la capacidad o idoneidad de los ingenieros de caminos para la redacción de informe de la ITE".

La sentencia también afirma que "Es cierto que no hay reserva de ley a una profesión concreta para realizar los informes de la ITE, pero tampoco es contrario a derecho que se elija para examinar e informar sobre el estado de conservación de un edificio a quien tiene, por atribuírsela una norma con rango de ley [la LOE], la competencia exclusiva para dirigir su edificación".

Cabe recordar que este mismo Tribunal ya se pronunció en el pasado en una línea similar, como cuando falló en contra del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia en su pretensión de que el Ayuntamiento de Vigo admitiera informes de la ITE de edificios destinados a vivienda realizados por Ingenieros Industriales (Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 7 Feb. 2013, rec. 4505/2012).

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