El día 16 de junio de 2007 entró en vigor la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, que regula a aquellas que tengan por objeto social el ejercicio en común de una actividad profesional.

Con la entrada en vigor de esta Ley, las sociedades profesionales que venían actuando como tales hasta el momento, se ven obligadas a adaptarse  a la nueva norma y para ello se establece como plazo hasta el día 16 de junio de 2008, en el que todas las sociedades profesionales previas deberán necesariamente adaptar sus Estatutos a la nueva Ley, inscribiendo sus modificaciones en el Registro Mercantil.

Con fecha 16 de septiembre de 2008 quedarán disueltas de pleno derecho todas aquellas que no hubiesen adaptado sus estatutos a la nueva Ley antes del 16 de junio de 2008.

Una vez inscrita la sociedad profesional en el Registro Mercantil, deberán inscribirse también en el Registro Colegial de Sociedades Profesionales, creado al efecto, según el Reglamento aprobado por la Junta de Gobierno de fecha 10 de marzo de 2008.