TALLER CEE Uso terciario y gran terciario en CE3X

calendario

Sep

23

Según el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, están obligados a disponer Certificado de Eficiencia Energética (CEE):

1. Edificios de nueva construcción.

2. Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.

3. Edificios o partes de edificios existentes ocupados por una autoridad pública con una superficie útil total superior a 250 m² y frecuentemente abiertos al público

4. Edificios o unidades que sufran una intervención de reforma o ampliación que afecte a: más del 25 % de la superficie total de su envolvente térmica, o sustitución de instalaciones térmicas que supongan una modificación sustancial del rendimiento energético del edificio.

5. Edificios que ya dispongan de un CEE caducado.


A nivel autonómico, en la Comunidad Foral de Navarra, la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética introduce obligaciones adicionales a las estatales, orientadas a acelerar la descarbonización y la eficiencia energética del parque inmobiliario regional, obliga a que, antes del 1 de enero de 2025, todos los edificios de Navarra de uso residencial y terciario dispongan del certificado de calificación energética registrado en el Registro público de certificados de Navarra. Por ello, establecimientos comerciales y de hostelería, entre otros, están obligados a disponer de dicho certificado aunque no sea para alquilar o vender.


Es necesario tener conocimientos previos en el programa CE3x.

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